¿Qué es el modelo 200?
El modelo 200 se emplea para la presentación de la declaración del Impuesto de Sociedades (IS) de empresas que residen y operan en España, así como para el cálculo de la cuota íntegra, pagos fraccionados y devolución de los saldos a favor.
Normalmente se aplica un Impuesto de Sociedades del 25%, aunque este puede llegar a variar en función del tipo de sociedad.
¿Para qué sirve el modelo 200?
La finalidad del modelo 200 no es otra que declarar a Hacienda los beneficios obtenidos por la sociedad. El porcentaje del impuesto (25 % o el que resulte finalmente) se aplica sobre estas ganancias. Existen varias posibilidades que nos pueden llevar a reducir la cantidad de impuestos a pagar.
Ante todo, cabe reseñar que nos estamos refiriendo a los conceptos de bonificaciones y deducciones en el modelo 200. Las bonificaciones consisten en una rebaja porcentual, mientras que las deducciones se aplican cuando la sociedad ha realizado cierto tipo de inversiones.
Entre otras cosas, las bonificaciones pueden ser por motivo de que la residencia de la sociedad se halle en Ceuta o Melilla como Sociedad. En tal caso, se aplicaría un 50% de reducción en el mencionado impuesto.
Asimismo, a las cooperativas, especialmente protegidas, también les son de aplicación bonificaciones del 50% y, para aquellas sociedades de capital público que se dediquen a los servicios público-locales, se fija una bonificación del 99%.
Por otro lado, aquellas empresas que se acojan al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) también dispondrán de una bonificación del 75%.
Además, conviene enfatizar que las deducciones pueden ser de aplicación cuando se invierta en determinados bienes o se realicen actividades de I+D+i, se creen empleos nuevos, empleos para personas con discapacidad o cuando se invierta en producciones cinematográficas.
Modelo 200: ¿Cuándo se presenta?
La fecha para presentar el modelo 200 puede no ser la misma para todas las sociedades, sino que varía en función de la fecha de cierre del ejercicio económico de la empresa. En cualquier caso, debe presentarse 6 meses después del cierre del ejercicio de la actividad económica. En concreto, una vez transcurridos los 6 meses, la sociedad dispone de 25 días naturales para aportarlo.
Por ejemplo, si la empresa realiza el cierre coincidiendo con el fin de año natural, deberá presentar el modelo 200 entre los días 1 y 25 de julio del año siguiente, que suele ser lo habitual.
¿Quién presenta el modelo 200?
Están obligadas a presentar el modelo 200 todas aquellas sociedades que tengan personalidad jurídica propia y que residan dentro del territorio español. Se engloban las siguientes:
- Sociedades Mercantiles: SA, SL, Colectivas, Laborales…
- Sociedades Estatales, Autonómicas, Provinciales y Locales.
- Agrupaciones de Interés Económico.
- Fondos de Inversión Inmobiliaria.
- Uniones temporales de empresas.
- Fondos de Capital Riesgo.
- Fondos de Pensiones.
No obstante, ciertas entidades están exentas de presentar este modelo. En particular, aquellas que se rigen por el Régimen Especial de atribución de Rentas, puesto que dichas sociedades no tributan las rentas obtenidas por el Impuesto de Sociedades.
¿Cómo rellenar el modelo 200?
Una vez nos hallemos ante la página web de la Agencia Tributaria para rellenar el modelo 200 del Impuesto de Sociedades, deberemos seguir los siguientes pasos:
Página 1 del modelo, de arriba a abajo:
1. Periodo impositivo: En este apartado únicamente debemos indicar las fechas de inicio y cierre del ejercicio económico de la empresa.
2. Identificación del declarante: En esta casilla hay que indicar el NIF, la razón social, domicilio social y teléfono.
3. Ejercicio: En este recuadro debemos señalar con un 1, 2 o 3; según sea el periodo de inicio del ejercicio económico de la sociedad. Las tres opciones a indicar son las siguientes:
- El ejercicio económico es de 12 meses y coincida con el año natural
- El ejercicio económico es de 12 meses y no coincida con el año natural
- El ejercicio económico sea inferior de 12 meses.
Una vez rellenado estos apartados de la primera página, pasamos a completar el anexo del modelo 200:
- Código CNAE: Este apartado va en función de la actividad económica de la empresa. Se puede consultar en la página web de la Seguridad Social.
- Declaración complementaria: Únicamente deberemos marcar esta casilla en caso de realizar una segunda declaración para corregir una anterior en la que hayamos cometido algún error.
- Firma del declarante: Para dar por finalizada la declaración del modelo 200, es necesario que introduzcamos nuestra firma.
Es necesarios subrayar que, aunque se haya rellenado toda la declaración del modelo 200, es indispensable entregar la siguiente documentación:
- Balance de situación y cuenta de pérdidas y ganancias correspondientes al periodo de la actividad económica de la empresa.
- Justificación de los impuestos satisfechos en base a la renta impositiva que deba incluir la base imponible.
- En el caso de declarar en Canarias, comunicación de las inversiones anticipadas y del sistema de financiación.
¿Qué hacer si se presenta mal el modelo 200?
Si tras presentar el documento del modelo 200 te das cuenta de que ha habido algún error, dependiendo de a quien perjudique dicho error, deberemos actuar de una manera u otra. Veamos los dos casos:
La perjudicada es la sociedad
En este caso se debe presentar la rectificación de la declaración a la Agencia Tributaria. Hay dos maneras posibles de hacerlo:
1. A través de Internet, donde se deberá presentar una solicitud telemática en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
2. De manera presencial, yendo a una oficina de la Agencia Tributaria. Se deberá aportar un escrito en papel que explique de forma detallada cual fue el error en la declaración previamente presentada.
La perjudicada es Hacienda
Esto pasa cuando se ha pagado una cantidad inferior a la debida o cuando la Agencia Tributaria devuelve una cantidad superior a la que estaba obligada. Ante uno de estos supuestos, tocará presentar una declaración complementaria.
Según se ha expuesto, se debe presentar de nuevo el modelo 200 indicando en la casilla correspondiente que se trata de una declaración complementaria.
Es necesario que la declaración complementaria contenga la siguiente información: datos de la declaración a modificar, datos añadidos en la nueva declaración y, por último, datos que se van a modificar. Asimismo, es primordial marcar en la casilla que corresponda lo siguiente:
- Que el resultado de la liquidación anterior era en negativo, si era a ingresar.
- Que el resultado de la declaración fue en positivo, si era a devolver.
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