¿Qué es el modelo 111?
Es un modelo para que las entidades y los autónomos presenten las retenciones de IRPF que hayan practicado durante el trimestre a sus trabajadores, profesionales o empresarios.
Se trata de una declaración de carácter obligatorio ante la Agencia tributaria, siempre y cuando la cantidad de IRPF a retener no sea 0. Son cantidades que las empresas o autónomos deberían pagar a sus trabajadores a través de nóminas o facturas, pero, en su lugar, lo abonan a la Administración en nombre de los trabajadores.
¿Quién debe presentar el modelo 111?
El modelo 111 lo deben presentar las empresas y los autónomos que hayan aplicado retenciones en los siguientes sucesos, según dispone el artículo 74 del Reglamento del Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas:
- Rendimientos de trabajo, como son las nóminas o los finiquitos
- Rendimientos por actividades económicas, cuando hay una factura por una prestación de servicios. o actividades empresariales que se declaren por módulos.
- Por ganancias en participaciones de concursos, rifas, en el juego…etc.
- Rendimientos procedentes de la propiedad industrial e intelectual, de la cesión de los derechos de imagen de uno mismo, del arrendamiento y subarrendamiento de bienes, muebles y minas.
- Rendimientos patrimoniales por el aprovechamiento forestal en los montes públicos.
Plazo modelo 111
Debe presentarse durante los primeros 20 días naturales de los meses de abril, julio, octubre y enero, por las retenciones e ingresos a cuenta que correspondan al trimestre inmediato anterior. Sin embargo, debe tenerse en cuenta que, para grandes empresas y Administraciones Públicas con presupuesto anual superior a 6 millones de euros, la autoliquidación será mensual en vez de trimestral.
Los periodos son los siguientes:
Primer trimestre: Se presenta del 1 al 20 de abril, ambos días incluidos.
Segundo trimestre: Se presenta del 1 al 20 de julio, ambos días incluidos.
Tercer trimestre: Se presenta del 1 al 20 de octubre, ambos días incluidos.
Cuarto trimestre: Se presenta del 1 al 20 de enero, ambos días incluidos.
Las grandes empresas deberán presentarlo a lo largo de los 20 días naturales posteriores a la autoliquidación mensual.
Ahora bien, si un día de la fecha límite del plazo cae en sábado, domingo o festivo, el periodo pasará a cerrarse el próximo día hábil.
Presentar el modelo 111 fuera de plazo
Si se presenta el modelo 111 fuera de plazo puede haber dos opciones: la primera es que se emita un requerimiento y la segunda es que se imponga una sanción. En el caso de que la empresa o autónomo sea quien se haya percatado de la emisión fuera de plazo, estaremos ante un requerimiento. Por el contrario, si es la Administración la que advierte la presentación tardía de la autoliquidación, esta impondrá una sanción.
Cuando es el autónomo o empresa quien se da cuenta de la presentación fuera de plazo, se impondrá un recargo que oscilará entre el 5% (en menos de tres meses) hasta un máximo del 20% (en más de doce meses), dependiendo del tiempo transcurrido.
Si, por el contrario, es Hacienda quien notifica la presentación fuera de plazo, aplicará sanciones que irán desde el 50% de lo dejado de ingresar hasta el 150%, en función de la gravedad de la sanción.
¿Cómo rellenar el modelo 111?
En este apartado desglosaremos como debemos empezar al cumplimentar el modelo 111 paso a paso:
- Identificación del declarante: NIF y apellidos o la razón social del declarante.
- Devengo: Hay especificar el año y el trimestre del que se trata.
- Rendimientos del trabajo: En el siguiente apartado, se tienen que reflejar los datos referentes a la actividad de la empresa durante el periodo de autoliquidación. Concretamente, deben indicarse los importes de los gastos como de lo percibido. Y, también, la cantidad de trabajadores que posee la empresa.
- Rendimiento de actividades económicas: En este apartado se deben indicar los datos que hacen referencia a la actividad económica de las empresas que se dedican al sector agrícola, ganaderas y forestales, o actividades empresariales en estimación objetiva (aquellas que se declaran por módulos y quedan obligadas a retener un 1%).
- Premios en la participación de concursos, rifas o juegos: En el caso de tener un ingreso por alguno de los motivos anteriores, se tiene que rellenar este apartado. Pueden darse dos tipos de ingresos: monetario o en especie (cuando se gana algún coche, por ejemplo).
- Ganancias patrimoniales por el aprovechamiento forestales y montes públicos:
- Contraprestaciones por el derecho de imágenes cedidas: